15 días de plazo para reclamaciones para todos los participantes y mismo plazo para renuncias en personal que participó voluntariamente.

Mediante Resolución núm. 3949/2020, de 29 de julio, de esta Dirección Gerencia, se convoca procedimiento de movilidad interna por concurso en la categoría de Auxiliar de Enfermería en el ámbito del Complejo Hospitalario. Procede excluir del procedimiento a los participantes que han dejado de ostentar la condición de personal estatutario/laboral fijo o interino, ya sea con motivo de jubilación, concurso de traslados u otras situaciones administrativas, motivo por el que no se les adjudica de plaza.
Conforme a lo establecido en las base decimotercera de la citada Resolución de convocatoria, procede hacer pública en los tablones de anuncios de la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos (Atención al empleado) y en la Intranet del Complejo, la adjudicación provisional de plazas y valoración provisional de méritos alegados por los participantes en el citado procedimiento, conforme a la propuesta elevada por la Comisión de Baremación...


En su virtud,
DISPONGO:
Primero.- Aprobar la propuesta de valoración provisional de los méritos presentados y debidamente acreditados elevada por la Comisión de Valoración, así como la adjudicación provisional de plazas a los participantes en el citado procedimiento de movilidad interna por concurso, en las categoría de Auxiliar de Enfermería, en el ámbito del Complejo Hospitalario, tal como figuran en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolución y en el Anexo IV correspondiente al listado de Adjudicación de plazas con características especiales.
Segundo.- Otorgar a los interesados un plazo de quince días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución para formular reclamaciones contra el destino provisional obtenido.
Tercero.- Durante el citado plazo, los participantes voluntarios podrán renunciar a su participación en el procedimiento.
Cuarto.- En el Anexo III de la presente Resolución se relacionan los participantes de carácter voluntario que no han obtenido destino.
Quinto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en los tablones de anuncios de la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos (Atención al Empleado) y en la Intranet del Complejo.
La publicación por estos medios será considerada suficiente notificación a los interesados.