Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública nº 313/2020, de 12 de marzo, se aprueban una serie de medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias con motivo del COVID-19. Para hacer efectivas algunas de estas medidas como las referidas al aislamiento o cuarentena acordado o aconsejado por autoridad sanitaria o la conciliación por cierre de centros educativos de centros escolares y de día, se requiere de un desarrollo más pormenorizado a efectos de aclarar, por un lado, las modalidades de acreditación de la concurrencia de los supuestos de hecho, y, por otro lado, su constancia y justificación en el Sistema Integral de Control Horario del personal...
IMPORTANTE: Al ser una Instrucción de la Dirección General de Función Pública, determinados aspectos no son de aplicación al personal de SCS, por lo que recomendamos leer detenidamente la misma.