LEER AQUÍ NUESTRO INFORMA AL RESPECTO

Se puede consultar la citada Resolución y los listados en la INTRANET de cada gerencia. Recordamos que se pueden presentar alegaciones al listado provisional del CHUIMI, hasta el 29 de noviembre 2018.  

Serán beneficiarios el personal fijo o temporal que hasta el día 12 de noviembre de 2018 haya prestado servicios durante 6 meses en el año en curso; los listados ya están publicados de oficio por cada gerencia, aconsejamos su consulta para posibles reclamaciones d eno figurar en los mismos. Quienes en el momento de publicación de la convocatoria no estuvieren en servicio activo y tuviesen derecho, conforme a la base 3ª, a percibir la ayuda de acción social, deberán presentar la correspondiente solicitud dirigida al Departamento en que se hubiere realizado la última prestación de servicios, en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de estas bases. La citada Resolución fue publicada en el BOC del 12 de noviembre 2018...

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WEB DEL EMPLEADO PÚBLICO DE CANARIAS

RESOLUCIÓN CON LAS BASES

...[El personal ya jubilado a partir del 1 de enero de 2018. Cónyuge y familiares hasta segundo grado por consanguinidad de fallecidos en el año 2018, sólo estos -jubilados, conyuges y familiares de personal fallecido- deberán presentar solicitud aportando el Alta a Terceros en 10 días hábiles, hasta el 26 de noviembre 2018.]

También está disponible la información en los tablones de anuncios de las Unidades de Recursos Humanos de los Servicios de Personal; en la WEB del Empleado Público de Canarias -adjuntamos enlace-, y serán abonadas en un único pago antes del 1 de enero 2019.

Cada Centro Gestor -gerencia, etc- publicará la lista provisional de personas perceptoras de la ayuda, incluyendo de oficio, según los datos obrantes en los sistemas de información de recursos humanos, las personas incluidas en el ámbito del apartado 1 de la base 3ª, así como las que resulten de las solicitudes presentadas conforme a los apartados 2 y 3 de la misma base. La lista provisional deberá publicarse en la web del empleado público, así como en los tablones de anuncios del Centro Gestor correspondiente.

A partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional en la web del empleado público, las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles para alegar lo que estimen en derecho respecto a su derecho a la percepción de la ayuda. Dentro del mismo plazo cualquier persona incluida en la lista provisional podrá manifestar expresamente por escrito su renuncia al derecho a la percepción de la ayuda, que en todo caso se entenderá únicamente extensible a la ayuda de acción objeto de las presentes bases para el ejercicio 2018.

Lista definitiva. Finalizado el plazo señalado en la base anterior, los respectivos Centros Gestores procederán al examen de las reclamaciones presentadas. Respecto de las personas excluidas se hará constar expresamente la causa de exclusión. La lista definitiva deberá publicarse en los mismos términos que la lista provisional.