La Consejería alegó que no había incumplido su obligación de cotizar por ese complemento de productividad, ya que "se liquidaba en el mes de abono del mismo (marzo de cado año natural) para todos los trabajadores en situación de alta y en el mes natural del año anterior del último nombramiento para aquellos otros que ya se encontraban en situación de baja (jubilaciones, excedencias, fin de nombramiento...)". Con respecto a la fórmula, el Gobierno regional defendía que el programa de gestión de personal y nóminas utilizado durante los años 2012, 2013 y 2014 (software del Ministerio de los años 90 con base de datos multibase y sistema operativo Unix, con imposibilidad de reprogramación) "hacían inviable otro procedimiento de liquidación de estas cuotas sociales de forma prorrateada". Fue a partir de 2015, con la implatanción del sistema centralizado de nóminas PopleNet de Meta4, cuando la Consejería corrigió esta situación y empezó a prorratear la cotización por estos incentivos de productividad. Finalmente, el instructor de la Tesorería de la Seguridad Social ha aceptado el criterio utilizado por Sanidad tras evacuar consulta a los servicios centrales del Ministerio de Empleo y ha dejado sin efecto las liquidaciones provisionales que afectaban a los trabajadores del Insular y a uno de los colectivos profesionales del Negrín.

La Fiscalía Provincial de Las Palmas el pasado mes de febrero decretó el archivo de las diligencias de investigación. El Ministerio Público confirmó, con base en los informes de la Inspección de Trabajo, la existencia de un error en las cotizaciones de los trabajadores, pero concluyó que la irregularidad ya se estaba corrigiendo y que no había indicios de que la Administración hubiera actuado "de forma dolosa procurándose un ahorro económico, ahorro que por otro lado sólo habría resultado efectivo respecto de algunos trabajadores del CHUIMI". [Fuente de la información: el diario.es/canarias ahora]

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