Los profesionales de enfermería vienen demandando desde hace mucho tiempo, que se regule el uso de productos y medicamentos para la práctica de su labor asistencial. De hecho, se le pide en múltiples ocasiones al médico del equipo interdisciplinar que prescriba, a un paciente concreto, un determinado tratamiento necesario para la práctica diaria de la labor enfermera, en el alivio de determinadas dolencias como por ejemplo, medicamentos o apósitos activos para la realización de una cura.

Es una reivindicación histórica de enfermería, que se regule el uso de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica. Previo a la legislación actual, el vecino, sin ningún tipo de titulación que le facultase, podía sugerirte la indicación de un paracetamol; sin embargo, a una enfermera se le tenía prohibido tal acto. No obstante, este Real Decreto 954/2015 de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, publicado en el BOE de 23 de diciembre de 2015, lejos de cumplir las expectativas, viene a dar la puntilla a este aspecto de la profesión...

Criticable e indefendible es que en el proceso global de negociación no se contara con los múltiples actores que tienen relación con la profesión de la enfermería, dejando fuera a los profesionales y a las múltiples instituciones implicadas. Además, no se tuvo en cuenta lo que se venía pactando en las reuniones del Ministerio español del que es titular Alfonso Alonso Aranegui, quien con la anuencia y connivencia de algunos otros, se inventó el segundo párrafo del artículo 3.2 del Real Decreto de Prescripción Enfermera, convertido en la perla de extremo desacuerdo entre el colectivo de enfermería; no solo por su efecto, sino por su oscurantismo y actitud antidemocrática. No sólo han olvidado los pactos y reuniones: han cambiado, con un Real Decreto de regulación de una Ley, a la Ley misma, en cuyo espíritu se revelaba todo lo contrario. Punto este último que ha servido como argumento para que, definitivamente, el Tribunal Supremo admita a trámite diferentes recursos contra el RD.

Pero realmente, el conflicto en sí, se basa en que para la indicación, uso y autorización de medicamentos sujetos a prescripción, se contempla en el tal RD que es necesario previamente el diagnóstico del médico. Esto se traduciría en cosas tan graves como, por ejemplo, que la pauta de analgesia si dolor a un paciente con una patología terminal, dejaría de ser posible, ya que cada vez que el paciente presente dolor debe ser valorado, para ser diagnosticado por el médico, quien determinará la necesidad de la indicación de la analgesia; o, algo más banal, los lavados con solución heparinizada para preservar la permeabilidad de una vía venosa con tapón, serían imposibles si no los pautara el médico responsable.

También hay otros puntos conflictivos que ha motivado este RD, como es la necesidad de obtener una acreditación para practicar la Prescripción Enfermera. La autorización ha de ser expedida por el Ministerio, con lo que los actuales protocolos clínicos serán mero material de crematorio. Esto último ha dejado en total indefensión a los actuales profesionales, que ya han recibido la formación académica adecuada para el manejo de medicación.

Pero a estas alturas de la película, ¿qué se podía esperar del agónico gobierno del PP?, pues que hiciera las cosas en la oscuridad de la noche, como ha venido haciendo durante toda su legislatura: con su mayoría absoluta, utilizado el rodillo y haciendo por detrás lo contrario de lo que predicaba.

Y por si no fuera poco, ahora se desmarcan algunos presidentes de Colegios Oficiales de Médicos, como el de Las Palmas, animando a sus colegas, con su voceo incendiario, a denunciar a los profesionales de enfermería que no cumplan a rajatabla los dictámenes del RD.

En fin, no solo está servida la discordia sino la indefensión de un colectivo que se siente cada vez más ninguneado y encorsetado.

FUENTE de la información anterior: WEB Federación Nacional de Salud de Intersindical Canaria.

PULSE sobre el siguiente enlace para más información:

Publicado en el BOE el Real Decreto 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermería.