Es un Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de octubre de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.4 del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. Adjuntamos toda la información y enlaces para la obtención.

VER AQUÍ EL BOE 

Contra el mismo cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dicto, en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo. El nivel 1 (Técnico Superior) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 5 del Marco Europeo de Cualificaciones. El nivel 2 (Grado) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones. El nivel 3 (Máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones. El nivel 4 (Doctor) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se corresponde con el nivel 8 del Marco Europeo de Cualificaciones. El certificado individual para acreditar la correspondencia sólo se puede obtener en la sede electrónica -que adjuntamos- del Ministerio de Educación.

El plazo es permanente. Adjuntamos el enlace a la sede electrónica -previamente debe darse de alta en la misma, con su DNI, su correo electrónico y teléfono- para solicitarlo al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. El citado certificado de correspondencia del título en la Diplomatura Pre-Bolonia con su nivel de cualificación con el Plan Bolonia, es válido para ejercer en otros países donde se solicita homologación. Los DUE que realizaron el Curso de Adaptación al Grado no necesitan solicitar el certificado señalado, porque ya tienen el título. En definitiva si a usted como enfermero-a, no le ha solicitado nadie la homologación no tiene porqué tramitar ninguna certificación. Deberá anotar el Nº de Registro de su Título de Diplomado-a que figura al final en el mismo y en la sede electrónica solicitar la certificación.

Para consultar texto convocatoria: Documento de convocatoria oficial.

Pulse sobre el siguiente enlace para consultar toda la información:

https://sede.educacion.gob.es/catalogo-tramites/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulos-espanoles/correspondencias-titulos-meces.html

Para más información llamar al: 91 327 76 81

Centro de Información al Ciudadano (consultar el horario en la página de Información administrativa). Dirección de correo electrónico para Consultas electrónicas del Centro de Información al Ciudadano

 

Código SIE: 202058